El estado de alarma decretado por la pandemia de coronavirus ha conmocionado al mundo del derecho. Las condiciones del cumplimiento de los contratos se han visto alteradas por un hecho ajeno a los contratantes, pero que les coloca en circunstancias completamente distintas a las que se daban cuando se prestó el consentimiento. Frente a esta situación, la regla ha de ser la negociación del contenido del contrato, adaptándolo a lo que el sentido común dicta que han de ser las nuevas relaciones de justicia. La excepción será el recurso al litigio, pero dentro de esta excepción, conviene mencionar la utilidad que tiene el arbitraje frente a los inconvenientes de coste y tiempo de un litigio. El ABOGADO, es el profesional del Derecho que mejor defenderá tus intereses en estos momentos, teniendo en cuenta que esos intereses deberán ser sometidos más que nunca a criterios de sensatez. Con conocimiento de la ley y con su experiencia, el Abogado ha de ayudarte a sopesar las ventajas e inconvenientes que ha de tener la cesión mutua de las partes en conflicto. En las actuales circunstancias, no habrá una solución ideal a todos los conflictos de intereses, pero sí una decisión que evite otras peores. Recuerda que en la vida tú no eliges los problemas, pero sí puedes elegir las soluciones.